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La retransmisión ilegal de partidos de fútbol en los bares es un delito contra la propiedad intelectual en varios países europeos. Por ejemplo, en España, los derechos de retransmisión de los partidos están protegidos por la ley de propiedad intelectual, ya que los artículos 18 y 19 de la Ley de Propiedad Intelectual regulan los derechos de reproducción y distribución de obras protegidas.

De este modo, la reproducción y distribución no autorizada de contenidos protegidos por derechos de autor está prohibida, ya que es imprescindible contar con las autorizaciones pertinentes.

Las consecuencias legales de la retransmisión ilegal de partidos de fútbol pueden ser graves. Los propietarios de bares pueden ser objeto de importantes multas, como ocurrió, en España, en la sentencia del Tribunal Supremo nº 546/2022, de 2 de junio, en la que se condenó a un valenciano al pago de una multa de 720 euros por retransmitir de forma continuada en sus bares varios partidos de fútbol cuyos derechos de explotación correspondían en exclusiva a La Liga de Fútbol.

La Fiscalía pidió al Tribunal Supremo que considerara los hechos probados como un delito contra la propiedad intelectual, castigado con una pena de prisión de entre seis meses y cuatro años, tras una reforma de 2015.

Los jueces, en esa sentencia, sostuvieron que las grabaciones audiovisuales y las emisiones de los organismos de radiodifusión entran en el ámbito de los derechos de propiedad intelectual. De hecho, la comunicación pública de estas grabaciones sólo es legítima si cuenta con el permiso de la persona titular de los derechos de autor.

Según el artículo 270.1 del Código Penal español, desde la reforma de 2015 se imponen penas de prisión de entre seis meses y cuatro años a quienes, con ánimo de lucro, reproduzcan, plagien, distribuyan o exploten comercialmente la totalidad o parte de una obra o prestación literaria, artística o científica.

Sin embargo, los jueces han dictaminado que la violación de los derechos exclusivos derivados de la retransmisión de un partido de fútbol no puede calificarse de "obra o prestación literaria, artística o científica". Argumentan que el fútbol es un espectáculo deportivo y no artístico.

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Se trata de delitos contra el mercado y los consumidores, que llevan mucho tiempo persiguiéndose. Este año se han enfocado mucho en La Liga.

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